Si vuestra situación económica os impide efectuar el pago de una deuda que recauda el Organismo de Gestion Tributaria, ya sea en período de pago voluntario o en via ejecutiva, pueden solicitar el aplazamiento o fraccionamento del pago según lo establecido en el capítulo sobre sobre el aplazamiento y fraccionamiento de la Ordenanza general de gestión, inspección y recaudación del Organismo (ORGT).
Los titulares de los recibos de tributos y multas.