- 1. El Complejo Deportivo Municipal de Can Roca, en adelante CEM, es una instalación deportiva gestionada por el Ayuntamiento de Castelldefels, en adelante AJC. El objetivo de esta normativa es regular el uso de esta instalación para las personas o los grupos que quieran acceder.
- 2. El CEM es un equipamiento público de libre concurrencia, sin ningún tipo de discriminación por razón de sexo, raza, religión opinión o cualquier condición o circunstancia personal o social. No obstante, los usuarios y las usuarias deberán respetar las normas de régimen interior establecidas para el acceso a dicha instalación. El AJC tomará las medidas que considere oportunas contra los comportamientos antisociales o violentos de los usuarios y usuarias de las instalaciones deportivas municipales y/o acompañantes, sin perjuicio de lo que se disponga en el apartado de Régimen sancionador y sanciones.
- 3. Se considerará usuario/a a toda persona que esté al corriente de pago de una modalidad de servicio, o que habiendo pagado la entrada, esté utilizando alguno de los servicios a los que le da derecho el pago del precio público. Distinguiremos los tipos de usuarios/as siguientes: a. Abonados/as: Personas que tienen el correspondiente abono que les permite entrar en las instalaciones y disfrutar de los espacios y servicios que tienen incluidos, dentro de los horarios establecidos en cada una de las diferentes modalidades. b. Cursillistas: Personas que, sean abonadas o no, disfrutan de unas actividades y unos espacios a los que se han inscrito. c. Puntuales: Usuarios/as ocasionales.
- El catálogo de abonos, actividades dirigidas, entradas puntuales, etc. Será publicado por el AJC en la web www.castelldefelsfemesport.com.
- Estas normas son de obligado cumplimiento para todos los usuarios y usuarias del CEM, bien sean individuos o grupos. Pretende que se observe un comportamiento adecuado, que se mantenga la convivencia y el orden público, e impedir todo tipo de actos que puedan perjudicar la propiedad, la higiene y el aspecto de la instalación, así como ser la norma de convivencia entre todas las personas usuarias. El AJC se compromete a dar el máximo conocimiento del contenido de este reglamento a los usuarios y usuarias del CEM haciendo uso de los medios de difusión adecuados.
- El desconocimiento del contenido de este reglamento no beneficiará a nadie que se ampara en esta circunstancia, en el caso de incumplimiento de sus disposiciones. En el caso de abonos familiares, el titular se compromete a dar difusión de este reglamento al resto de miembros que formen parte del abono.
- A las personas o grupos que contravengan estas normas se les aplicará el régimen sancionador (punto 4 de esta normativa).
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