Los servicios mortuorios son las actividades que se realizan desde la muerte de una persona hasta el momento en que recibe sepultura o es incinerada.
Las actividades que se llevan a cabo pueden subdividirse en tres grandes apartados:
Servicios de cementerio:
Se trata de un servicio de prestación obligatoria por parte de los municipios (artículo 26 de la Ley 7/1985). Actualmente, el servicio de cementerio de Castelldefels se presta mediante gestión directa del Ayuntamiento.
Servicios funerarios:
Comprende todas aquellas actividades o servicios que se realizan desde que se produce el fallecimiento de una persona hasta el momento de su inhumación o cremación. Los servicios funerarios se prestan en régimen de libre mercado.
Servicios de incineración o cremación:
Son servicios municipales voluntarios que también pueden prestarse por la iniciativa privada. En la actualidad, en la ciudad de Castelldefels no se presta este servicio.
Las familias sin medios económicos suficientes para poder hacerse cargo de los gastos tanto del servicio funerario como del servicio de cementerio, reguladas por la Ordenanza Fiscal vigente, tienen la posibilidad de solicitar el servicio de beneficencia previsto en el art. 19 de la Ordenanza General de Servicios Funerarios. Para poder ser beneficiario de este servicio es necesario contar con el correspondiente informe emitido por los Servicios Sociales del Ayuntamiento, que deberá entregarse en la empresa funeraria.