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Recomendaciones a los afectados por el temporal de viento del mes de enero en Catalunya

Indicaciones facilitadas por la Generalitat para los damnificados por la tormenta de viento del pasado 24 de enero

Última modificació:

habéis sido afectados por el temporal de viento que ha tenido lugar en Catalunya a finales del mes de enero de 2009 con daños en bienes (vivienda, vehículos, etc...) y/o cortes de los suministros (luz, agua, teléfono...) os recomendamos el siguiente :

Por daños en los bienes:

. Comprobad qué seguros tenéis contratados (del hogar, del vehículo, etc...) y si cubren daños.

Sólo se podrá conseguir una indemnización por daños si el bien siniestrado estaba asegurado en el momento del siniestro (los días del temporal de viento).

. En caso de que tengáis una póliza de seguro que cubra los bienes dañados, es recomendable hacer fotos de los bienes dañados y guardar los justificantes de los gastos urgentes que tengáis. En todo caso, es necesario que comuniquéis, con la mayor brevedad posible, el siniestro a vuestra entidad aseguradora con los modelos de comunicado y de relación de bienes dañados siguientes:

Documentos:

. Si el siniestro hubiera ocurrido en una zona geográfica con vientos iguales o superiores a 135 km/hora, vuestra entidad aseguradora tiene la obligación de comunicar el siniestro al Consorcio de Compensación de Seguros y será esta entidad quien, de acuerdo con su Reglamento, se hará cargo de indemnizar los daños.

Cabe recordar que en las pólizas de seguros de daños la entidad aseguradora cubre los riesgos de acuerdo con las condiciones  estipuladas y que el Consorcio de compensación de seguros cubre los riesgos extraordinarios o catastróficos (en este caso vientos superiores a 135 km/h y tormentas ciclòniques atípicas -rachas de vientos superiores a 135 km/h y lluvia). Podéis consultar el listado PROVISIONAL de municipios en los cuales el Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños por temporal de viento de los días 23 a 25.01.2009.


Por cortes de suministro (luz ,agua...):

1r . En caso de que todavía no se haya restablecido adecuadamente el servicio contactad con vuestra compañía( eléctrica, de agua,...) a través de sus canales de atención al cliente.

2n . Si tenéis contratado un seguro del hogar del tipo multirriesgo (con múltiples riesgos y garantías cubiertas) comprobad si cubre los daños y perjuicios sufridos por los cortes de suministro. En este caso, comunicad el siniestro a vuestra compañía con los modelos de comunicado y de relación de bienes dañados siguientes:

Documentos:

En caso de que hayais sufrido daños en los bienes y también cortes de suministro y ambos están cubiertos para el misma aseguradora especificadlo de forma conjunta en el mismo comunicado del siniestro.

Por último

En el supuesto de que no recibáis respuesta satisfactoria de la empresa suministradora (de luz , agua ...) o de la aseguradora , os recomendamos que rara recibir asesoramiento sobre vuestra reclamación y, si se tercia, sobre las vías de qué disponéis para poder reclamar, os dirijáis a: