La nueva ordenanza de civismo de Castelldefels empieza a aplicarse en el municipio
El nuevo texto, aprobado definitivamente por el Pleno municipal celebrado ayer, regulará la convivencia ciudadana y sancionará acciones incíviques al espacio público como las que, entre otros, desprecien la dignidad de las personas, el vandalismo, la realización de graffitis, la contaminación acústica y el ejercicio de la prostitución
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Con el objetivo de adaptarse a los cambios sociales que en la actualidad provocan el uso más intenso del espacio público y dar respuesta a las demandas ciudadanas sobre actuaciones incívicas que se habían detectado, el Ayuntamiento de Castelldefels aprobó ayer con los votos a favor del equipo de gobierno (PSC, CIU y ICV-EUIA) y PP, y la abstención de ERC y AVVIC, una nueva ordenanza de civismo que empezará a aplicarse en el momento en qué sea publicada por el Boletín Oficial de la Provincia en los próximos días.
El alcalde de Castelldefels, Joan Sau, explicó que "en el espacio público cada cual tiene libertad para hacer lo que quiera, siempre y cuando no malogre el propio espacio público y, sobre todo, siempre que respete los derechos y las libertades que tienen el resto de personas” y, por ello, justificó la implantación de esta ordenanza alegando que “necesitamos dotarnos de un documento que, de alguna manera, nos permita sancionar aquellas actitudes incívicas que se produzcan en el espacio público”.
Principales ámbitos de actuación que regula la nueva norma
Mediante la nueva ordenanza de civismo se penalizará toda conducta de desprecio hacia la dignidad de las personas así como cualquier comportamiento discriminatorio, ya sea de contenido racista, sexista o homófobo, mediante insultos, agresiones o coacciones u otras conductas vejatorias hacia cualquier persona, en especial, gente mayor, menores y personas con discapacidad.
Se prohíbe realizar graffitis, pintadas o cualquier otra expresión gráfica fuera de los lugares autorizados. La infracción se considerará muy grave si se realizan sobre monumentos, edificis públicos o mobiliario urbano.
Entre otros supuestos, se sancionará cualquier actividad pertorbadora del descanso 'otras personas al interior de las viviendas y locales comerciales entre las 23 y las 8 oras del día siguiente.
La nueva ordenanza contempla y complementa la vigente ordenanza municipal de limpieza que regula el mantenimiento de la vía pública limpia (sancionando aquellas conductes que vayan en su detrimento) así como el vertido de residuos en sus contenedores y horas correspondientes.
El ordenanza sobre tenencia de animales regula varios aspectos en en cuanto a la dentificació, higiene (excrementos) y comportamiento de los animales domésticos y sus propietarios en el espacio público que se complementan con la nueva ordenanza de civismo.
La nueva ordenanza cívica prohíbe ofrecer, solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, la práctica de relaciones sexuales a cambio de dinero en el espacio público cuando estas conductas se lleven a cabo a una distancia de menos de 2.000 metros, en línea recta, de centros docentes o educativos o en general zonas de recreo frecuentadas por menores. No se concederá tampoco ninguna licencia de apertura a establecimientos de pública concurrencia donde se ejerce la prostitución, si los locales no guardan una distancia mínima de 3.000 metros en línea recta, respecto a los centros docentes y a aquellos locales de ocio destinados a menores de edad o que por la naturaleza de la actividad comporte la asistencia de menores y, asimismo, entre ellos. A efectos prácticos, esta norma supone la imposibilidad de la apertura de nuevos locales en todo el término municipal.
La autoridad municipal velará y sancionará cualquier tipo de conducta que comporte el deterioro del mobiliario urbano y el espacio público así como cualquier tipo de conducta vandàlica o agresiva o negligente en el mismo sentido.
Las sanciones por el uso incorrecto del espacio público y por vulnerar la dignidad, la libertad y los derechos reconocidos de las personas se clasifican en infracciones leves, graves y muy graves según la gravedad, la intencionalidad, los perjuicios causados, la reincidència, la capacidad económica y la naturaleza de los bienes dañados. Las sanciones económicas se valorarán de la siguiente manera: 750 euros (leves), de 751 a 1.500 euros (graves) y de 1.501 a 3.000 euros (muy graves).