Nuevo contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores
La nueva reforma laboral busca facilitar el empleo estable y potenciar la iniciativa empresarial
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Según R.D. Ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, publicado en el BOE el pasado 11 de febrero, a fin de facilitar el empleo estable a la vez que potenciar la iniciativa empresarial, se ha creado un nuevo contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.
Con este nuevo contrato, que deberá ser indefinido ya jornada completa, las empresas con menos de 50 trabajadores que realicen el primer contrato de trabajo con un menor de 30 años, tendrá derecho a una deducción fiscal de 3.000 €.
Además, en caso de contratar a desempleados beneficiarios de la prestación de desempleo, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal del 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con un límite de 12 mensualidades.
El trabajador contratado podrá compatibilizar voluntariamente cada mes, junto con el salario, el 25% de la prestación por desempleo que tuviera reconocida y pendiente de percibir en el momento de ser contratado.
Este nuevo contrato también bonifica las contrataciones de desempleados inscritos en la oficina de empleo, siempre que se refieran a alguno de estos colectivos:
a) Jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 3 años. La cuantía será de:
83,33€ / mes (1000 € / año) en el primer año.
91,67€ / mes (1.100 € / año) en el segundo año.
100 € / mes (1.2000 € / año) en el tercer año.
Cuando estos contratos se realicen con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado la cuantía se incrementará en 8,33 € / mes (100 € / año).
b) Mayores de 45 años, que hayan sido inscritos en la oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social. La cuantía será de:
108,33€ / mes (1.300 € / año) durante 3 años.
Cuando estos contratos se realicen con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado la cuantía se incrementará en 125 € / mes (1500 € / año).
Sin embargo, no podrá concertar el contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores la empresa que en los seis meses anteriores haya hecho despidos improcedentes.
Además, para la aplicación de los incentivos la empresa debe mantener el empleo al trabajador contratado durante al menos 3 años.