Abierto el plazo para acogerse a subvenciones para la rehabilitación de viviendas
El Área Metropolitana de Barcelona ha abierto el periodo para acogerse a la concesión de subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales y viviendas. El plazo finaliza el 31 de diciembre de 2014
Última modificació:
Estas ayudas se pueden tramitar a travé de la Oficina Local de la Vivienda de Castelldefels. Estas son algunas de las cuestiones que se deben tener en cuenta para acceder a la iniciativa.
¿El edificio en el que vivo puede acogerse a las ayudas?
Pueden acogerse todos los edificios que
- se hayan construído antes de 1981 (salvo intervenciones urgentes)
- el 70% de la superficie tenga uso de vivienda
- el 70% de las viviendas sean domicilio habitual
Excepcionalmente,
- edificios que presenten graves daños estructurales o de otro tipo
- se destinen íntegramente al alquiler durante al menos 10 años.
¿Y si soy un particular que quiere rehabilitar su vivienda?
También pueden solicitarse las subvenciones, si los ingresos de la unidad familiar no superen 5 veces el indicador de renta de suficiencia de Catalunya (IRSC) (6 veces en el caso de adaptaciones interiores de las viviendas destinadas a facilitar la movilidad de las personas).
No podrán acogerse las obras o actuaciones iniciadas o realizadas antes de formalizarse la solicitud de ayudas, ni de haber recibido el comunicado técnico inicial.
¿Qué obras pueden acogerse a las subvenciones?
-Actuaciones de conservación en cimientos, estructuras, instalaciones, cubiertas, medianeras, fachadas y otros elementos comunes, instalaciones de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida de residuos y telecomunicaciones.
-Actuaciones para mejorar la calidad y la sostenibilidad como la mejora del aislamiento acústico o térmico del edificio, la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria o equipos de generación de energías renovables, la sustitución de bombillas y fluorescentes para mejorar la eficiencia energética, y la instalación de mecanismos y adaptación de jardines y plantas que favorezcan el ahorro de agua.
-Actuaciones para la mejora de la accesibilidad
como instalar un ascensor, sustituir las escaleras de acceso por una rampa, colocar un videoportero o instalar aparatos que permitan el acceso a jardines o piscinas a personas con movilidad reducida.
-Actuaciones de habitabilidad interior de la vivienda como mejorar las instalaciones de luz, agua o gas, favorecer la eficiencia energética, la sutitución de bañeras por duchas o la adecuación de puertas, pasillos, baños y cocinas para facilitarla accesibilidad a personas con movilidad reducida.
En el caso de las actuaciones para mejorar la calidad y sostenibilidad o la accesibilidad se requiere que el edificio conste de un mínimo de 8 viviendas, salvo que al mismo tiempo se realicen obras de conservación o que habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
¿Cuál es el importe de las subvenciones?
La cuantía máxima de la subvenciones por edificio no pueden superar el importe de multiplicar 11.000€ por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local. Las subvenciones por diferentes actuaciones se podrán acumular entre sí.
¿Dónde puedo informarme y tramitar la solicitud?
Oficina Local de Vivienda Oficina Local d'Habitatge
Passatge de las Caramelles, 2, baixos
www.castelldefels.org/posaaldiacasateva
www.castelldefels.org/ponaldiatucasa
Tel.93 664 69 90