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El Ayuntamiento suspende durante un año las licencias para nuevos hoteles y alojamientos turísticos

La Junta de Gobierno Local aprueba la suspensión temporal de nuevas licencias para establecimientos turísticos en Castelldefels, una medida que afecta a hoteles, apartamentos turísticos, viviendas de uso turístico y otras modalidades de alojamiento.

El Ayuntamiento de Castelldefels ha aprobado la suspensión temporal del otorgamiento de nuevas licencias para la instalación o ampliación de establecimientos turísticos en el municipio . La medida, acordada por la Junta de Gobierno Local el pasado 16 de octubre, tendrá una duración máxima de un año a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), el 19 de octubre.

El acuerdo se adopta de acuerdo con lo que establece la legislación urbanística catalana y con los informes técnicos y jurídicos municipales emitidos el 15 de octubre de 2026

🏨 ¿Qué alojamientos turísticos quedan afectados?

La suspensión afecta a las nuevas licencias y autorizaciones para la instalación o ampliación de las diferentes modalidades de alojamiento turístico reguladas por la normativa catalana:

  • Establecimientos hoteleros: hoteles, hoteles apartamento, hostales y pensiones.

  • Apartamentos turísticos.

  • Viviendas de uso turístico y hogares compartidos.

  • Alojamientos al aire libre: campings, áreas de acogida de autocaravanas y modalidades similares.

  • Alojamientos singulares.

La medida incluye las nuevas solicitudes de licencias de obras, ampliaciones, cambios de uso, grandes rehabilitaciones y comunicaciones de actividades que comporten la creación de nuevas plazas de alojamiento turístico.

También afecta a los procedimientos de regularización de establecimientos ya existentes que no dispongan de la preceptiva licencia.

📄 Una suspensión temporal con excepciones

La suspensión tendrá una vigencia máxima de un año, hasta el 19 de octubre de 2027 , y se aplicará en el ámbito municipal delimitado en el plano anexo al acuerdo.

Sin embargo, la medida prevé varias excepciones. Quedan excluidas:

  • Las licencias ya otorgadas y vigentes antes de la entrada en vigor de la suspensión
  • Las prorrogadas legalmente
  • Las actuaciones amparadas por certificados urbanísticos vigentes que hayan reconocido expresamente su viabilidad

Tampoco afecta a los expedientes que ya se encontraran formalmente en tramitación antes de la entrada en vigor de la medida, ni determinadas actividades que ya dispusieran de la habilitación municipal necesaria para ejecutar las obras de acondicionamiento.

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