La Junta de Gobierno Local aprueba la prórroga del contrato del servicio de gestión del Cibercast
Se trata de la segunda prórroga de un contrato que se extiende hasta noviembre de 2025 · Entre otros temas, la sesión ha incluido también la aprobación de la obligación reconocida de la certificación de obra (núm.1 y 2) de ejecución de las obras para la modificación de la movilidad viaria de la avenida de la Pineda entre la avenida de la Constitución y el paseo Pitort (fase 1) · La sesión ha tenido lugar este 20 de septiembre en el Salón de Plenos municipal
Última modificació:
El Salón de Plenos ha acogido este viernes 20 de septiembre una nueva sesión de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Castelldefels.
Presidida por el Alcalde de Castelldefels, Manu Reyes, y con la presencia del resto de concejales y concejalas miembros de este órgano colegiado, ha aprobado, entre otras cuestiones, la segunda prórroga del contrato de servicio de gestión del espacio joven de nuevas tecnologías Cibercast. Se trata de un contrato que en principio terminaba a finales de noviembre de este año y que ahora se alarga hasta el 30 de noviembre de 2025. El servicio lo presta la empresa Llobregat47.
La Junta de Gobierno Local ha aprobado también la obligación reconocida de la certificación de obra (núm.1 y 2) de ejecución de las obras para la modificación de la movilidad viaria de la avenida de la Pineda entre la avenida de la Constitución y el paseo Pitort (fase 1).
Ésta ha sido una de las siete obligaciones reconocidas aprobadas en esta sesión (que incluyen comisiones bancarias, contratos menores, suministros y servicios, etc). La sesión ha incluido también la tramitación de cinco licencias urbanísticas.
Junta de Gobierno Local
La Junta de Gobierno Local es un órgano colegiado integrado por el alcalde o alcaldesa que la preside y los concejales y concejalas nombrados (y nombradas) libremente por él o ella, en calidad de miembros. El número de concejales y concejalas que el alcalde o alcaldesa puede nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local no puede ser superior a un tercio del número legal de los concejales y concejalas que componen el consistorio.
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