El Ayuntamiento ha elaborado una nueva ordenanza de movilidad para dar respuesta a las necesidades actuales, marcada por el creciente uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), que han hecho de la movilidad urbana un nuevo reto. Castelldefels ha hecho un esfuerzo por regular de forma clara las zonas, las velocidades y la forma en que los VMP pueden circular.

La nueva ordenanza de movilidad incluye los Vehículos de Movilidad Personal y contempla sanciones por los comportamientos indebidos.
¿Qué conductas son sancionables ?

La circulación queda prohibida en aceras, zonas peatonales, vías interurbanas, autovías, autopistas, travesías y túneles urbanos.

Las personas conductoras de VMP están obligadas a someterse a las pruebas de detección de tasas de alcohol y presencia de drogas.

Se prohíbe utilizar, durante la conducción, dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro aparato de comunicación .

Los VMP no pueden transportar personas si son de una única plaza.

Está prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.

Entre el anochecer y el amanecer, y también en momentos de escasa visibilidad, deben llevar luces y/o prendas de vestir o elementos reflectantes .

Es obligatorio disponer de seguro de responsabilidad civil. El seguro debe ajustarse a lo que disponga la normativa vigente.

La edad mínima para circular en VMP por vías urbanas de Castelldefels se fija en 16 años .

La utilización de casco, como elemento de protección básico de las personas conductoras de VMP, está regulada por la normativa en materia de tráfico. La Policía Local de Castelldefels aconseja la utilización de este elemento .

Respecto de las infracciones cometidas por menores de edad, los padres , tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho deben responder solidariamente de la sanción impuesta.