La tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad es el documento público que acredita el derecho de la persona titular del mismo a disfrutar de facilidades de circulación, estacionamiento y aparcamiento para el vehículo automóvil en el que se desplace.
Importante: Las personas titulares de la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad que no son residentes no pueden estacionar en las zonas exclusivas para residentes, aunque estén pintadas de color verde. Estas zonas están destinadas exclusivamente a vehículos con acreditación de residente y no es de aplicación el articulo 160 del Código de Accesibilidad de Cataluña.
Modalidades de la tarjeta de aparcamiento:
- Tarjeta para personas conductoras.
- Tarjeta para personas no conductoras.
- Tarjeta para transporte colectivo.
Beneficios de la tarjeta de aparcamiento:
- Utilizar la tarjeta para circular con cualquier vehículo con el que viaje la persona titular.
- Estacionar en las plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad de uso general situadas en la vía pública.
- Estacionar en las zonas de aparcamiento con horario limitado sin obtener el comprobante de pago.
- Estacionar en las zonas de carga y descarga por el tiempo imprescindible y hasta un máximo de una hora dentro del horario limitado en estas zonas. Habrá que colocar en un lugar visible el disco de estacionamiento limitado.
- Detener en cualquier lugar de la vía pública por el tiempo indispensable para recoger o dejar a la persona con discapacidad, siempre que no ocasione perjuicios a los peatones o al tráfico.
- NO se permite estacionar en zonas peatonales, en pasos de peatones, en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, en los lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, en zonas delimitadas por razones de seguridad pública y en espacios que reduzcan carriles de circulación.
Obligaciones de la tarjeta de aparcamiento:
- Utilizar la tarjeta de aparcamiento de uso individual únicamente cuando el vehículo transporte la persona titular. La tarjeta es única, personal e intransferible de la persona con discapacidad.
- Colocar la tarjeta en el frontal del vehículo únicamente cuando el vehículo transporte a la persona titular, de modo que el anverso sea visible, y mostrarla a las autoridades competentes que lo requieran para su control.
- Utilizar siempre la tarjeta original. No son válidas las reproducciones por medio de fotocopias o cualquier otro método.
- Denunciar la pérdida o sustracción de la tarjeta ante los cuerpos de seguridad correspondientes.
- Estacionar sus vehículos, en primer lugar, en las plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad de uso general; en segundo lugar, en las zonas de estacionamiento con horario limitado, y, por último, en las zonas de carga y descarga.
La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supone la autorización para estacionar en zonas peatonales, en pasos de peatones, en los lugares y supuestos en los que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas delimitadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.
Para más información puede consultar: