Cambio de nombre
Es el trámite que se tiene que hacer al Ayuntamiento para el cambio de nombre de las actividades, instalaciones o establecimientos que ya disponen de declaración responsable, comunicación previa o licencia vigente, siempre que no se modifiquen de manera substancial las condiciones.
Esta comunicación al Ayuntamiento sirve para acreditar la subrogación del nuevo titular en los derechos y deberes derivados de la licencia o comunicación previa.
Será necesaria la firma del anterior titular para proceder al cambio de nombre a favor del nuevo titular.