1.- Asamblea General.
Órgano soberano de la entidad, constituido por las personas asociadas. Puede deliberar sobre cualquier asunto de interés para la asociación, adoptar acuerdos y controlar la actividad de la Junta Directiva.
Funciones:
- Aprobar la gestión del órgano de gobierno, el presupuesto y las cuentas anuales.
- Elegir y separar las persones miembros del órgano de gobierno.
• Modificar los estatutos. - Acordar el importe de las contribuciones a la financiación de la asociación.
- Acordar la transformación, la fusión, la escisión o la disolución de la asociación.
- Solicitar la declaración de utilidad pública.
- Aprobar el reglamento de régimen interno y sus modificaciones.
- Acordar la baja disciplinaria de los asociados, si no se atribuye a otro órgano.
- Resolver sobre otras cuestiones no expresamente atribuidas a otro órgano.
Reuniones.
- Asamblea General Ordinaria. Se tiene que reunir como mínimo una vez al año, para aprobar la gestión de la Junta, el presupuesto y las cuentas anuales.
- Asamblea General Extraordinaria. Se reúne cuando la Junta lo considera pertinente o cuando lo pide un 10% de las personas asociadas.
2.- Junta Directiva.
Órgano de gobierno que administra y representa la asociación. Los cargos son gratuitos, pero se tiene que designar obligatoriamente presidencia y secretaría. La duración de los cargos es como máximo de 5 años, sin perjuicio de la reelección si así lo prevén los estatutos.
Funciones:
- Convocar asambleas.
- Tomar y cumplir acuerdos.
- Efectuar balance, estado de cuentas y presupuesto.
- Llevar la contabilidad.
- Crear grupos de trabajo.
- Gestión ordinaria.
- Abrir cuentas y disposición de fondos.
3.- Otros órganos.
Temporales o permanentes, con funciones delegadas de carácter deliberante o ejecutivo. Comisiones, grupos de trabajo...