1.- Confeccionar el acta fundacional y los estatutos
- Acta fundacional. Documento que hace constancia de la voluntad de creación de una asociación. Tiene que incluir lugar y fecha de la reunión de constitución, ámbito de la entidad, datos de las personas fundadoras, y distribución de cargos de la junta directiva. Consultar un modelo de acta fundacional.
- Estatutos. Norma que regula el funcionamiento de la asociación. Tiene que incluir el nombre de la asociación, el domicilio, los derechos y deberes de las personas asociadas, la regulación de los órganos, el régimen económico, la disolución... Consultar un modelo de estatutos.
* Se ha de tener en cuenta que las entidades juveniles, de estudiantes, y de padres y madres o familiares, tienen modelos de estatutos específicos.
Podéis consultar en el enlace siguiente los modelos específicos para este tipo de entidades:
Modelo de estatutos juvenil
Modelo de estatutos de alumnado
Estatutos AMPA
2. Inscripción al Registro de Entidades de la Generalitat.
Este trámite se hace solo por Internet. Podéis encontrar toda la información en este enlace.
En todo caso, se necesario aportar la documentación siguiente:
- Solicitud de inscripción.
- Justificante de pago de la tasa fundacional vigente y una vez abonado el importe, conservar el resguardo.
- Original y copia de los estatutos y del acta fundacional debidamente firmados.
- Copia de los DNI de las personas que conforman la Junta Directiva.
Las entidades deportivas, seguirán un procedimiento específico, que podrás consultar en este enlace.
Obtención del NIF.
Seguidamente, se tiene que pedir el NIF provisional a Hacienda a través del Modelo 036, en el plazo de un mes desde la constitución.
Encontraréis un modelo en el siguiente enlace.
Además del modelo 036 llenado, se tiene que aportar a Hacienda la documentación siguiente:
- Copia de la solicitud de inscripción sellada por el Registro de Entidades.
- Originales sellados por el Departamento de Justicia y copia original del acta fundacional y de los estatutos.
- Copia del NIF de la persona representante legal de la asociación.
En cuanto al NIF definitivo, se solicitará a Hacienda una vez se reciba la resolución de la inscripción del Registro de Entidades de la Generalitat.
2.- Inscripción al Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Castelldefels.
Una vez tramitada la solicitud de inscripción al Registro de la Generalitat y obtenido el NIF provisional, se ha de inscribir la asociación al Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Castelldefels, a través de la sede electrónica con o sin certificado digital.
Se ha aportar:
- Solicitud de inscripción al Registro municipal de Entidades ciudadanas, según el modelo oficial, debidamente rellenada (hay que rellenar todos los apartados).
La entidad tiene que tener un domicilio en Castelldefels, por lo cual, si es una entidad con sede social en otro municipio, tendrá que aportar un certificado del órgano competente de la entidad en que se haga constar el acuerdo por el cual se crea la delegación en Castelldefels, con indicación de la dirección de esta delegación. - Número de Inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones de la Generalitat (si la entidad es Cataluña) o en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior (si la entidad se de ámbito estatal).
- Fotocopia de los Estatutos de la entidad.
- Fotocopia del Acta Fundacional de la entidad.
- Fotocopia del CIF definitivo de la Asociación. Si presenta el provisional tendrá que aportar fotocopia del definitivo cuando disponga.
(!) Cualquier cambio que se produzca a la asociación relativo a renovación de la Junta Directiva, modificación de estatutos o cambio del domicilio social, se tiene que comunicar al Registro de Entidades de la Generalitat y al del Ayuntamiento de Castelldefels a través de los trámites correspondientes.