Están sujetos al régimen de Comunicación Previa las obras de pequeña envergadura, que no son objeto de nueva construcción, ampliación o gran rehabilitación ni derrumbamientos de acuerdo a la Ley de Ordenación de Edificación.
Así mismo, la instalación de captadores solares está sujeta al régimen de Comunicación Previa de Obras, la documentación referente a los criterios de instalación i la documentación a aportar se encuentra incluida en el apartado de información relacionada.