Persones autorizadas por las Compañías suministradoras o un particular en aplicación del Real decreto 222/2008 de 15 de febrero, sobre líneas eléctricas. Este procedimiento afecta a todas las obras de canalizaciones de compañías suministradoras de servicios, agua potable, gas natural, telecomunicaciones, líneas eléctricas, así como de aquellas instalaciones asociadas a estas compañías, como Centros de transformación, líneas aéreas eléctricas y telefónicas y palos de madera y hormigón, armarios de distribución urbana, cámaras de regulaciones de gas natural, cámaras y cabinas telefónicas, etc. También las licencias en las que el titular de la canalización sea un particular.
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